AYUDAS AUTÓNOMOS COMUNIDAD DE MADRID

 
Estimado cliente,
 
El pasado viernes la Comunidad de Madrid habilitó en su página web la posibilidad de solicitar ayudas para sufragar cuotas de seguridad social para aquellos autónomos afectos por el Covid-19. A parte de las ayudas puestas a disposición por el estado destinadas a paliar los efectos del Covid en la actividad empresarial de autónomos y pymes, la Comunidad de Madrid ha activado un plan de rescate para que los autónomos de la región puedan hacer frente con mayores garantías al impacto económico derivado de la crisis del coronavirus
 
 
El objeto de la ayuda es asegurar la continuidad de su negocio y tratar de evitar el abandono por falta de liquidez como consecuencia de la disminución de su actividad debido a las dificultades ocasionadas por la crisis sanitaria del COVID-19.
La ayuda consiste en el abono del importe de las cotizaciones sociales correspondientes a los meses de marzo y abril de 2020 (total 534 euros), de los trabajadores autónomos en dificultades, como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19.
 
Esta ayuda la podrán solicitar todos los trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid, que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA), incluidos los socios de cooperativas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles, así como los que estén incorporados a una mutualidad de previsión social alternativa, siempre que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
  1. Haber sido su actividad afectada negativamente por la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.
  2. Haber iniciado su actividad en el mes de marzo de 2020 o haber experimentado, en marzo de 2020, una reducción de, al menos, un 30 por ciento de la facturación, respecto del mes de febrero de 2020 o respecto del mes de marzo de 2019. 
Plazo de presentación: Desde el 17 de abril al 16 de mayo.
 
La concesión de esta ayuda está supeditada al compromiso por parte del autónomo de mantener su actividad al menos durante 3 meses, además esta ayuda no es compatible con la prestación extraordinaria de cese de actividad de la mutua y con el plan impulsa de la comunidad.
 
 
Consiste en una ayuda directa de 3.200 euros, y lo podrán solicitar todos los trabajadores que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, incluidos los socios de cooperativas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles encuadrados en dicho Régimen y experimenten alguno de los siguientes sucesos con afección negativa a su actividad:
  1. Obras ejecutadas en la vía pública por alguna Administración Pública, cuya ejecución se prolongue más de dos meses, y obstaculice o dificulte el acceso y/o visibilidad al lugar donde se desarrolle la actividad. Las obras deberán haberse producido a una distancia máxima de 50 metros desde el lugar donde se desarrolle la actividad.
  2. Catástrofes naturales o siniestros fortuitos que hayan provocado el cierre temporal del negocio o la suspensión de la actividad durante al menos un mes.
  3. Emergencia sanitaria provocada por el brote de SARS-CoV-2 denominado coronavirus COVID-19 (nuevo supuesto incorporado)
 
El autónomo debe cumplir los siguientes requisitos:
 
  1. Desarrollar su actividad en la Comunidad de Madrid.
  2. Haber experimentado alguno de los sucesos establecidos en el apartado anterior.
  3. Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, hayan tenido o no, en su caso, que suspender su actividad temporalmente.
  4. Permanecer de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos durante, al menos, los 12 meses siguientes a la presentación de la solicitud.
  5. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social.
Es compatible con las ayudas existentes para los autónomos, incluyendo los incentivos a la contratación indefinida de la Comunidad de Madrid y la Tarifa Cero por contratación del primer trabajador.
 
Plazo de presentación: Hay una partida presupuestaria de 10 millones de euros, y se podrán presentar solicitudes hasta que se agote este fondo. A fecha de hoy aún no se pueden presentar solicitudes para esta segunda fase.  
 
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración al respecto.

Utilizamos cookies de terceros que analizan de forma estadística el uso que se hace de nuestra web con la finalidad de mejorar nuestros contenidos. Si continúa navegando, entendemos que acepta y consiente su uso. En cualquier momento puede cambiar la configuración sobre cookies.
política de cookies, pinche el enlace para mayor información. ACEPTAR

Aviso de cookies