El día 29 de diciembre de 2022 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. En el ámbito tributario, por medio de la citada ley se recogen una serie de medidas o modificaciones, entre las que cabe destacar:
Impuesto sobre la renta de Personas Físicas
Se reduce el límite general de aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, pasando de 2.000 a 1.500 euros anuales el límite de reducción fiscal. No obstante, se eleva la cuantía del incremento de este límite de 8.000 a 8.500 euros, siempre que dicho incremento provenga de contribuciones empresariales, o bien de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social, para el caso de que dichas aportaciones sean de igual o inferior importe a la respectiva contribución empresarial.
Del mismo modo, se prorrogan para 2022 los límites en estimación objetiva de este impuesto, así como del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Impuesto Sobre Sociedades
Para los periodos iniciados a partir del 01 de enero de 2022 y con vigencia indefinida, la Ley de Presupuestos Generales del Estado modifica la Ley de Impuesto de Sociedades estableciendo una nueva regla de tributación mínima del 15%, no pudiendo ser, por tanto, la cuota líquida de este impuesto inferior al resultado de aplicar el 15% a la base Imponible. Esta modificación será de aplicación para aquellos contribuyentes del Impuesto cuyo importe neto de la cifra de negocios sea igual o superior a veinte millones de euros durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el periodo impositivo; o bien para aquellos contribuyentes que tributen en el régimen de consolidación fiscal. Dicha nueva medida no será de aplicación para aquellos contribuyentes que tributen a los tipos de gravamen del 10%, 1% y 0%, y se fija una tributación mínima del 10% para aquellas entidades de nueva creación.
Asimismo, se establece una reducción de la bonificación para las entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda, pasando del 85% al 40%.
Impuesto sobre la Renta de No Residentes
Se introducen modificaciones en el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, para crear la tributación mínima del 15 por ciento de la base imponible estableciendo que, para determinar la deuda tributaria del impuesto, resultará de aplicación la tributación mínima establecida en el artículo 30 bis de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Se actualiza en un 1% la escala de gravamen de los títulos y grandezas nobiliarios aplicable en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Impuesto sobre Actividades Económicas
Se modifica la sección segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, creando un nuevo grupo 863, con el fin de clasificar de forma específica la actividad ejercida por periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación.