Estimado cliente,
Desde Estudio Jurídico V2C Abogados queremos informarle que el pasado 4 de julio de 2018 se ha publicado en el BOE, la Ley 6/2008, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
http://www.boe.es/boe/dias/2018/07/04/pdfs/BOE-A-2018-9268.pdf
Destacamos entre las novedades de ámbito laboral, fiscal y social las siguientes:
Suben las cuotas mínimas y máximas de cotización a la Seguridad Social a partir del 1 de agosto (Apdo. 5, art. 130, PGE 2018)
Las bases mínimas y máximas de cotización se incrementarán con efectos 1 de agosto de 2018. La base máxima pasa a ser de 3.803,70 euros (antes 3.751,20 euros) y la mínima pasa a 932,70 euros (antes 919,80 euros).
- ¿Cómo afecta a los autónomos?
En el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, las bases máxima y mínima y los tipos de cotización serán a partir del día primero del mes siguiente al de la entrada en vigor de la presente norma, los siguientes:
– La base máxima de cotización será de 3.803,70 euros mensuales (hasta ahora 3.751,20 euros-).
– La base mínima de cotización será de 932,70 euros mensuales. (hasta ahora 919,80 euros-)
Los autónomos que coticen por la base mínima de cotización pasarán de pagar 275 euros mensuales en concepto de cuota a 278,87 euros en agosto (incremento de 3,87 euros). En el caso de los autónomos que coticen por la máxima, la cuota que pagan se sitúa en 1.137 euros mensuales, 16 euros más que el año pasado.
- Autónomos societarios:
En esta ocasión los autónomos societarios no verán incrementada su base de cotización.
La entrada en vigor de los PGE 2018 no afectará la cotización del autónomo societario que seguirá en 357 euros de cuota mensual.
Derecho a la suspensión del contrato por paternidad durante cinco semanas. (DF 38ª, PGE 2018)
Con efectos desde el 5 de julio de 2018 y vigencia indefinida
En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d), ET el trabajador tendrá derecho a la suspensión del contrato por paternidad durante cinco semanas (antes 4), ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo. Esta suspensión es independiente del disfrute compartido de los periodos de descanso regulados en los apartados 4 y 5
Incremento de las pensiones
Las pensiones mínimas subirán un 3%, mientras que el resto subirán un 1,35% que se sumará al 0,25% ya previsto.
Además, se ha incluido un incremento sustancial para las pensiones de viudedad, que aumentará su base reguladora desde el 52% al 56%. En global, las pensiones serán la principal partida de gasto de los Presupuestos, con un 40,9% del total. Aunque los presupuestos se han aprobado ahora, la subida será retroactiva desde el 1 de enero.
Reducción IRPF para las rentas más bajas (Título VI, sección 1º)
Los nuevos Presupuestos incluyen una rebaja del IRPF de la que se beneficiarán especialmente las rentas más bajas. La exención de tributación pasará del mínimo actual de 12.000 euros a 14.000, así como una rebaja impositiva en el tramo entre los 14.000 y los 18.000 euros anuales.
Junto con estas medidas, la rebaja del impuesto incluirá varias deducciones en la cuota, como la referida a gastos de guardería por hijos menores de tres años (1.000 euros anuales), que entrará en vigor con carácter retroactivo desde el 1 de enero–; y por cónyuge con discapacidad (1.200 euros anuales) o por familia numerosa (se incrementa en 600 euros anuales por cada hijo que exceda el número establecido, con carácter general, a partir del cuarto hijo inclusive).
Quedamos a su entera disposición para cualquier aclaración al respecto.