La consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid ha reactivado la tramitación de subvenciones del programa “Mi primer empleo”, cuyo objetivo es mejorar la empleabilidad y favorecer la contratación de los jóvenes de la Comunidad de Madrid, inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación por cuenta ajena. Estas ayudas están dirigidas a Empresas, Trabajadores autónomos y entidades de carácter privado sin participación pública que no tengan ánimo de lucro.
Los requisitos generales que deben cumplirse para acceder a la subvención son los siguientes:
- La empresa debe estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
- La empresa debe mantener la contratación subvencionada, jornada de trabajo y el alta en Seguridad Social durante doce meses como mínimo.
- Los trabajadores contratados deben ser menores de 30 años en el momento de la firma del contrato y residir en la comunidad de Madrid.
- El alta en Seguridad Social y el inicio de la relación laboral debe tener carácter previo a la solicitud de la subvención.
- El centro de trabajo debe estar radicado en la Comunidad de Madrid
A continuación, explicamos resumidamente cada tipo de contratación subvencionada:
- Impulso a contratación en prácticas:
Los contratos de prácticas sólo podrán concertarse dentro de los cinco años siguientes a la terminación de los correspondientes estudios.
La contratación en prácticas debe realizarse por al menos 6 meses. Los trabajadores deben estar inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en una ocupación directamente relacionada con su titulación y acorde a su nivel de estudios o formación.
La cuantía será de 4.500 euros para cada contratación a tiempo completo, incrementándose en 500 euros si la persona contratada es una mujer. En el supuesto de contratación a tiempo parcial, la cuantía se reducirá proporcionalmente a la jornada, la cual no puede ser inferior al 62,5%, es decir 25 horas semanales. - Impulso a contratación de formación y aprendizaje:
los contratos de formación y aprendizaje sólo pueden formalizarse con jóvenes mayores de 16 años y menores de 25.
La contratación en formación debe realizarse por al menos 6 meses. Los trabajadores deben estar inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, para el desempeño en régimen de alternancia de actividad laboral con actividad formativa.
La cuantía será de 2.940 euros para cada contratación a tiempo completo, incrementándose en 500 euros si la persona contratada es una mujer. En el supuesto de contratación a tiempo parcial, la cuantía se reducirá proporcionalmente a la jornada, la cual no puede ser inferior al 62,5%, es decir 25 horas semanales. - Impulso contratación estable de jóvenes:
Se subvenciona la contratación indefinida de jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que supongan incremento neto del nivel de empleo indefinido de la empresa, hasta un máximo de 10 contrataciones por beneficiario y año.
El empleo debe mantenerse como mínimo durante 12 meses
La cuantía será de 5.500 euros para cada contrato indefinido a tiempo completo, incrementándose en 500 euros si la persona contratada es una mujer. En el supuesto de contratación a tiempo parcial, la cuantía se reducirá proporcionalmente a la jornada, la cual no puede ser inferior al 62,5%, es decir 25 horas semanales. - Impulso primer empleo joven:
Se subvenciona la contratación de personas jóvenes inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que carezcan de experiencia laboral o sean personas jóvenes desempleadas de larga duración, o la conversión a indefinido del contrato temporal realizado a la persona joven sin experiencia laboral o desempleada de larga duración.
La cuantía será de 6.000 euros para cada contrato indefinido a tiempo completo, incrementándose en 500 euros si la persona contratada es una mujer, y 3.000 € por cada contrato temporal, cuando a la finalización del período mínimo exigible de 6 meses, se convierta en indefinido. En el supuesto de contratación a tiempo parcial, la cuantía se reducirá proporcionalmente a la jornada, la cual no puede ser inferior al 75%, es decir 30 horas semanales.